Una creación periodística de Luis Pedro Toni

Maradona terminó con Susana y ahora se la agarró con Mancuso

Sr.Juez: DIEGO ARMANDO MARADONA, por derecho propio, en mi carácter de denunciante, con domicilio real en la calleSegurola 4310 piso 7 CABA, juntamente con mis letrados, los Dres. VICTOR STINFALE, abogado, inscripto al T°…, F…. del C.P.A.C.F y el DR. MATIAS EDGARDO MORLA, abogado, inscripto, T° 79, F° 682 del C.P.A.C.F, constituyendo domicilio legal sito en la calle Lavalle Nº 1388, casillero “2011” de Capital Federal en la causa seguida a Víctor Alejandro Mancuso por el delito de estafas reiteradas, ante V.S. como mejor proceda en derecho digo:
 
OBJETO.
 Que vengo por el presente, en legal tiempo y forma, a solicitar a V.S. tenga a bien concederme la calidad de Parte Querellante en las presentes actuaciones.  Toda vez que me encuentro particularmente ofendido por el delito descripto por mí apoderado al momento de realizar la correspondiente denuncia penal. Ello, de conformidad con lo normado por los artículos 82, siguientes y concordantes de la Ley de rito.
Las razones en las que se funda la presente impetración son las que infra se exponen.
 HECHOS.
  Que tomé conocimiento de la  utilización de mi imagen y firma a través de un amigo, quien me informó que en China existía un video juego que se promocionaba con mi imagen. A partir de ello, comienzo con las intimaciones a las empresas encargadas. Siendo que a raíz de ello me entero de la maniobra que llevaba adelante el  Sr.  VICTOR ALEJANDRO MANCUSO.
 El problema se inició con un contrato que realizo el Sr. Mancuso con  importantes empresarios de China para utilizar mi imagen en video juegos, las empresas intervinientes eran;  Beijing SINA Internet Information Service S.R.L. (en mas adelante SINA S.R.L.), Shanghái The9 Limited Internet Information Service S.R.L. (en mas adelante The9 Limited S.R.L.) y The9 Computer Technology Consulting (Shanghái) S.R.L., (en mas adelante The9 CTC S.R.L.).-
  Al enterarme de  esta maniobra comencé una contienda judicial en la cual se logró probar mediante la realización de 4 pericias caligráficas que la firma inserta en el contrato presentado por los demandados NO era de puño y letra mía.-
El proceso judicial culminó con la condena para los demandados y una substancial indemnización.-
De este problema suscitado existen varios responsables; en primer lugar las empresas que firmaron un contrato sin tomar recaudos necesarios (las cuales fueron condenadas, tuviendome que indemnizar por una suma importante), y el por el otro el Sr. Mancuso ya que fue el ideólogo de todo el “negocio” y quien presentó el contrato supuestamente firmado por mi (el cual más adelante se comprobó que era apócrifo).-
Asimismo confronte a  Mancuso, pero todo fue negado. Rompiendo la relación de amistad y confianza que existía entre nosotros.-
 Entiendo a mi humilde entender que el único responsable directo es VICTOR ALEJANDRO MANCUSO por la comisión del delito de ESTAFA. Y en virtud de esa acción debe responder penalmente y civilmente por sus actos, ya que tenía pleno conocimiento de los actos que realizaba, las personas con quienes trataba y teniendo la seguridad  de que NUNCA ME ENTERARIA, ya que el negocio se realizaría en CHINA lugar al que difícilmente asisto.-
  ANALISIS DE LOS HECHOS.
Durante algunos años me maneje con Mancuso  a fin de que me  arreglara distintas cuestiones de mi vida profesional. Como es de público conocimiento tengo  muchas posibilidades de trabajo, entonces siempre requiero de distintas personas para que me asistan en mi labor. Así las cosas se consolido la relación con el imputado, en el cual creía ciegamente. Tiempo después, esta situación fue cambiando y  dejé  de tenerle confianza por distintos motivos pero el más importante fue el que generó la denuncia penal.
 Al enterarme por casualidad que circulaba un contrato firmado supuestamente por mí. Realice un amplio análisis de la cuestión que concluyó que nunca había firmado ningún contrato para la utilización de mi imagen en el exterior. En ese momento recordé que en tres oportunidades Mancuso había invitado chinos a mi  casa, a la casa de mi padre (Devoto), y este hecho lo recordó porque los orientales querían sacarse  fotos.-
 Es evidente que Mancuso llevó a los estafados a mi casa para demostrar el vínculo que existía. De esta manera no iban a sospechar que la firma del contrato no era mía. Todos estos hechos surgen a todas luces y sin hesitación alguna del expediente Nro. 10.291 del Tribunal Popular Supremo de la República Popular de China, en donde también se establece que en Argentina se desarrollo la estafa, más precisamente en Capital Federal.-
 PRUEBA.
DOCUMENTAL: Solicito se expida vía Ministerio de Relaciones Exteriores o mediante quien disponga Vuestra Señoría una copia certificada de la sentencia recaída en autos y legalmente traducida  dictada por el Tribunal popular Supremo de la República Popular China.-
TESTIMONIAL:
A los fines de acreditar mis dichos, solicito se tome vía exhorto (conforme pliego de preguntas que oportunamente ofreceré) declaraciones testimoniales a:
1) Sr. Wei Ping Lu, quien resulta ser intermediario entre  supuestamente Diego Armando Maradona y las empresas que utilizaron la imagen de mi cliente.-
2) SrYan Wang, CEO, quien resulta ser el representante legal de las tres empresas condenadas en autos.-
3) Julián Ascencio la persona que entrega el contrato firmado por Diego Armando Maradona.-
AUTORIZACIONES.
 A los  fines de tomar vista de las presentes actuaciones y extraer fotocopias de las mismas, quedan autorizados la  Dra. Eliana Ramos Giménez, la Srta. Abigail Ramos Villalba y Maximiliano Pomargo.-
 
 PETITORIO.
        En virtud de lo expuesto, solicito a V.S.:
a)         Se tenga por articulada la presente impetración en legal tiempo y forma;
b)         Se tenga por denunciado el domicilio real y por constituido el legal;
c)         Se me conceda la calidad de Querellante en las presentes actuaciones.
 
Quiera V.S. tener presente lo expuesto y proveer de conformidad que,
Será Justicia.