Casación Penal confirmó condena a Callejeros por la tragedia de Cromañón
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas para los
integrantes de Callejeros, acusados por la tragedia de Cromañón en
2004. La decisión fue adoptada por unanimidad por los integrantes de
la Sala IV, Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Pedro David.
Además confirmaron las condenas de 2012 a quien fue la mano derecha
del gerenciador de Cromañon, Raúl Villarreal, y a los exfuncionarios
porteños Fabiana Fiszbin y Gustavo Torres. Sólo hicieron lugar al
planteo que había formulado la exfuncionaria de la Ciudad, Ana María
Fernández, a quien le redujeron la pena a dos años y diez meses de
prisión.
Estos son los puntos clave:
– La Sala IV rechazó los recursos de las defensas contra las
sentencias dictadas por la Sala III de ese tribunal, cuya revisión
había dispuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
-El tribunal analizó la atribución de responsabilidad penal de los
recurrentes por su intervención en el incendio. Así el voto del juez
Hornos –al que adhirieron Gemignani y David– tuvo en cuenta que, al
tomar la decisión de presentarse en un local cerrado y sobrevendido,
incluso ante la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos
pirotécnicos, la conducta de los integrantes del grupo excedió el
ámbito de una expresión artística, violó deberes de cuidado exigibles
y expuso a los asistentes a un riesgo inaceptable.
– El Tribunal rechazó la impugnación de Raúl Alcides Villarreal
–persona de confianza de Omar Chabán– considerando que su conducta
incrementó el riesgo de incendio peligroso para la vida al permitir el
ingreso –por propia iniciativa– de una cantidad de público
abrumadoramente superior a la permitida.
-EL FALLO COMPLETO, AQUÍ-
– Sobre los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
condenados, la Sala confirmó sus responsabilidades precisando que
contribuyeron al desenlace fatal al incumplir con sus obligaciones y
no ejercer diligentemente el poder de Policía que tenían delegado, a
pesar de las repetidas e insistentes advertencias que habían recibido
al respecto, omitiendo inspeccionar el local “República Cromañón”.
– El Tribunal rechazó también las objeciones dirigidas contra la
atribución de responsabilidad penal por la participación de Villarreal
en el delito de cohecho activo cometido por Chabán, Argañaraz y el
Subcomisario Díaz. Por mayoría, con la disidencia del juez Pedro R.
David, la Cámara confirmó la condena impuesta en este sentido también
a los integrantes del grupo musical.
– También por mayoría –con igual disidencia– el Tribunal confirmó los
montos punitivos oportunamente impuestos, con excepción del caso de
Ana María Fernández, respecto de la cual los jueces Hornos y David
consideraron necesario disponer una reducción proporcional, observando
que el maltrato institucional que en su momento sufrió al ver
rechazado su pedido de domiciliaria sobre la base, entre otros, de
razones discriminatorias vinculadas con su orientación sexual, debía
ser tenido en cuenta en la respuesta estatal.
Fuente: Centro de Información Judicial.