Una creación periodística de Luis Pedro Toni

Google le ganó a Natalia de Negri porque La Corte no olvidó El Caso Coppola

Derecho al olvido: la Corte Suprema revocó la sentencia que favorecía
a Natalia Denegri.Los jueces del Máximo Tribunal expresaron una fuerte
defensa del derecho a la información y a la libertad de expresión. Sin
embargo, hicieron una advertencia en cuanto al rol de los buscadores
de Internet.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes el fallo
de la Cámara Civil que favorecía a Natalia Denegri por el “derecho al
olvido”. La mujer buscaba que se quiten de los buscadores de Internet
las notas y videos que hacen referencia a su vinculación con el “Caso
Coppola”.
El Máximo Tribunal hizo una fuerte defensa del derecho a la
información y de la libertad de expresión.
El fallo de la Corte que revoca la sentencia que favorecía a Natalia
Denegri.Por unanimidad, los jueces Horacio Rosatti, Carlos
Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti sostuvieron que
el caso en cuestión “tuvo un gran interés público en la sociedad” y
revocaron la sentencia que favorecía a Denegri.

Consideraron, en este sentido, que eliminar los contenidos (de los
buscadores de internet) “afectaría a la libertad de expresión, y
privaría a la sociedad de tener acceso a esa información”.

Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo
Lorenzetti: los cuatro miembros actuales de la Corte Suprema de
Justicia

Según la Corte, el mero paso del tiempo de una noticia o información
que formó parte del debate público “no justifica su eliminación”, ya
que pondría “en serio riesgo la historia como también el ejercicio de
la memoria social que se nutre de los diferentes hechos de la
cultura”.

El Tribunal resaltó el derecho constitucional a la libertad de
expresión y a la información, y enumeró lo que abarcan. “El derecho de
transmitir ideas, hechos y opiniones a través de Internet y los
motores de búsqueda, herramienta que se ha convertido en un gran foro
público por las facilidades que brinda para acceder a información y
para expresar datos, ideas y opiniones”, destacó.

Sin embargo, la Corte reconoció la existencia de un derecho al olvido,
pero que no aplicaría en este caso. Aclaró que en materia de
solicitudes de bloqueo de contenidos se podría aceptar -con carácter
“absolutamente excepcional”- un supuesto de tutela preventiva “con
fundamento en la acreditación de la ilicitud de los contenidos y del
daño sufrido, en un contexto en el que dicho daño, una vez producido,
continúa generándose”.
El reclamo de Natalia Ruth Denegri
La sentencia alude al caso en el que Guillermo Coppola, representante
de Diego Maradona, fue detenido en la década del 90 cuando en su casa
se encontró droga en un jarrón. Luego se determinó que se trató de un
procedimiento armado por el entonces juez federal de Dolores Hernán
Bernasconi y oficiales de la Policía Bonaerense.
La causa tuvo una gran repercusión pública y tanto Denegri como
Samanta Farjat fueron conocidas como “las chicas Coppola” y quedaron
de alguna manera relacionadas con el asunto.diariojudicial.com