Una creación periodística de Luis Pedro Toni

L-Gante sigue en temporada judicial

La Justicia hizo lugar a los recursos de queja presentados por el particular damnificado y la fiscalía contra lo dictado por el juez Castro, que le había permitido al cantante salir de la cárcel tras permanecer tres meses preso.

La Cámara de Apelaciones y Garantías de Mercedes revocó este jueves el fallo que benefició con la libertad de Elián Ángel Valenzuela, el músico más conocido como L-Gante, en la causa en la que está imputado de amenazas y privación ilegal de la libertad, entre otros delitos cometidos en mayo pasado en General Rodríguez, y reprendió al juez que otorgó la excarcelación por no haber escuchado el pedido de la víctima del hecho para que no se lo libere, informaron fuentes judiciales.

Los camaristas Oscar Reggi y Jorge Risuleo hicieron lugar al recurso de queja que habían presentado el particular damnificado y la fiscalía contra la resolución del juez Gabriel Castro, quien el 8 de septiembre pasado dictó el cese de la medida de coerción que pesaba sobre el cantante, que ese mismo día recuperó la libertad tras pasar más de tres meses preso.

Según las fuentes, días después de la liberación, el fiscal Raúl Villalba y los abogados Leonardo Sigal y Pablo Becerra, en representación de uno de los denunciantes de L-Gante, apelaron la medida ante el propio magistrado y solicitaron que el acusado volviera a ser detenido.

Sin embargo, el juez Castro no hizo lugar a esos recursos, por lo que las partes acusadoras se presentaron en queja ante la Cámara de Apelaciones, que se expidió esta tarde en un fallo de 13 páginas, al que accedió Télam.

Para los camaristas, “no varió la apariencia de responsabilidad del encausado, como así tampoco el peligro cierto de frustración de los fines del proceso” si no se adopta la medida de coerción, y que no se ha incorporado “elemento alguno que amerite la reconsideración del medio coercitivo” decretado en su oportunidad.

Además, en uno de los puntos resolutivos, la Cámara reprendió al juez Castro, a quien le “hicieron notar” que “en lo sucesivo deberá dar estricto cumplimiento” a la ley 15.232 que indica en su artículo 12 que la víctima tiene derecho a ser informada o a ser oída antes de que se le otorgue la excarcelación al acusado.

Los mismos camaristas ya habían confirmado a fines de agosto y principios de septiembre la prisión preventiva dictada para L-Gante, por lo que una fuente judicial con acceso al expediente explicó a Télam que la causa debería volver a esa instancia, más allá de que la defensa apele y lleve el incidente hasta el Tribunal de Casación bonaerense.

De hecho, ese tribunal tiene pendiente resolver el incidente de excarcelación extraordinaria otorgada en su momento por el juez Castro y rechazada por la Cámara de Apelaciones de Mercedes.

Por su parte, el fiscal Villalba, al momento de recurrir el cese de la coerción, sostuvo que la liberación causaba “un gravamen no susceptible de reparación en otra etapa del proceso, puesto que el encartado continúe privado de la libertada parece indispensable para asegurar el desarrollo del procedimiento”.

Según Villalba, tras analizar la resolución, “no se ha advertido ni mencionado la desaparición de elemento alguno que haga mudar la situación procesal en la que el encartado se encontraba”.

Y consideró que el fallo “evidencia que el juez garante se ha excedido en sus funciones, pues si se trataba de una reevaluación en el orden de lo expuesto, debería haber corrido traslado a esta parte, lo que a las claras se evidencia que no hizo”.

“En síntesis, dispuso un cese de coerción sin petición de parte y extralimitándose en sus facultades”, afirmó y, por ello, solicitó que decrete la “nulidad” de la resolución y ordene la “detención” del acusado.

Foto: Julián Álvarez.

Télam